Serás lo que debas ser o serás abogada
La reclusa Lai logró que la Corte de Tucumán resolviera que la educación es un derecho humano tanto al alcance de los ciudadanos libres como de los privados de la libertad
Por Ariadna Cabello Rendace
Estar privada de la libertad no implica estar privada de acceder a un título universitario. Y la lucha por su derecho a estudiar llevó a Silvia Lai, presa condenada a perpetua, a lograr una sentencia que enorgullecería a María Angélica Barreda, la primera mujer argentina que obtuvo el diploma de abogada en 1909 (retrato). Con perseverancia -y una huelga de hambre-, Lai consiguió que la Corte Suprema de Justicia de Tucumán (CSJT) le diera permiso para cursar y rendir las 17 materias que le restaban para concluir la carrera de Abogacía mientras cumple la pena que recibió por haber sido cómplice del asesinato de su marido. El fallo destacó que la educación es un derecho humano universal al que deben acceder tanto los ciudadanos libres como los que están privados de la libertad.
Por Ariadna Cabello Rendace
Estar privada de la libertad no implica estar privada de acceder a un título universitario. Y la lucha por su derecho a estudiar llevó a Silvia Lai, presa condenada a perpetua, a lograr una sentencia que enorgullecería a María Angélica Barreda, la primera mujer argentina que obtuvo el diploma de abogada en 1909 (retrato). Con perseverancia -y una huelga de hambre-, Lai consiguió que la Corte Suprema de Justicia de Tucumán (CSJT) le diera permiso para cursar y rendir las 17 materias que le restaban para concluir la carrera de Abogacía mientras cumple la pena que recibió por haber sido cómplice del asesinato de su marido. El fallo destacó que la educación es un derecho humano universal al que deben acceder tanto los ciudadanos libres como los que están privados de la libertad.
El 19 de septiembre de 2017, los vocales Daniel Posse, Antonio Gandur y Antonio Estofán hicieron lugar al hábeas corpus correctivo interpuesto por Lai, y ordenaron al juez de Ejecución Penal de la capital, Roberto Guyot, a que en el plazo perentorio de 72 horas arbitrara todas las medidas que fueren necesarias para facilitar y garantizar a la reclusa la posibilidad de cursar y rendir las asignaturas de la carrera de Abogacía.
Silvia Lai era maestra. En 2011 fue condenada como coautora del crimen de su esposo, el agricultor Eduardo José Salas, quien había sido encontrado tirado en la cama y con varios golpes en la cabeza en julio del 2007. El otro supuesto responsable del homicidio era Luis Rafael Piccinetti, el posible amante de Lai, quien aún está prófugo.
Mientras estaba en la cárcel, Lai empezó a estudiar Abogacía en la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la Universidad Nacional de Tucumán. Había aprobado más de la mitad de las materias (25), cuando dejaron de concederle los permisos para rendir. Frente a esta situación, acudió a la CSJT. Cansada de la burocracia, formalizó tres presentaciones en las que solicitaba audiencias y denunciaba las demoras injustificadas del juzgado. La realidad es que, en el mismo momento en el que asumió el nuevo juez de Ejecución Penal, se acabaron las autorizaciones para estudiar. Pasaron dos meses de espera y, ante la falta de respuesta, Lai inició una huelga de hambre que duró quince días.
Antídoto contra la criminalidad
El alto tribunal resolvió que indudablemente la presa tenía razón. Esta jurisprudencia lleva a pensar dos cuestiones: el derecho de los privados de la libertad a reinsertarse en la sociedad y qué pasaría si toda la población carcelaria quisiera asistir a clases simplemente como una excusa para salir del encierro o, quizás, hasta para organizar fugas. La Corte de Tucumán consideró que el Estado no puede censurar el derecho a la formación: sólo le corresponde extremar las medidas para que todos los presos puedan estudiar sin que ello implique una amenaza para la comunidad. Una lectura armónica de la sentencia lleva a concluir que los permisos deben concederse con los debidos recaudos, y que será la reclusa Lai quien deberá demostrar su intención real de perfeccionarse con su progreso académico y su buena conducta. En este sentido, del informe de la Facultad de Derecho surge que durante el período 2014-2016 Lai aprobó 18 materias, mientras que en 2017 solo pudo rendir y aprobar una asignatura.
Los jueces de la Corte dijeron que el planteo de la interna exponía una directa afectación al acceso a la enseñanza atribuible a las conductas obstructivas y dilatorias del juez Guyot. “El comportamiento aludido trajo como resultado una considerable disminución en el rendimiento académico de Lai, que le imposibilitó cursar la totalidad de las materias que había solicitado para el primer cuatrimestre de 2017", manifestó el vocal preopinante Estofán. Y añadió que esa situación proseguía en este segundo cuatrimestre: "comenzó hace ya casi un mes y la interna todavía no ha concurrido a clases como lo realizó sin dificultad alguna hasta que la ejecución de la sentencia comenzó a ser manejada por el juez de Ejecución Penal”.
Las cárceles argentinas y las de Tucumán en particular lejos están de garantizar la reinserción establecida en la Constitución Nacional. Las penitenciarías se convirtieron en escuelas de delincuencia, donde los presos tienden a salir peor de lo que ingresaron. Frente a este panorama aterrador de crisis carcelaria, la posibilidad de estudiar luce como una gran oportunidad para dejar atrás el mundo del crimen.
Según un informe de la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires (UBA) y de la Procuración Penitenciaria de la Nación publicado en el diario Clarín en diciembre de 2015, la mayoría de los presos que estudian una carrera universitaria no vuelven a delinquir, es decir que la tasa de reincidencia en estos casos es casi tres veces más baja que la de los presos que no estudian. Sin embargo, solo el 2% de los internos en prisión acceden a la educación universitaria. Al respecto, el abogado especializado en cárceles Leandro Halperin precisó que si bien es cierto que no es función de la universidad bajar la reincidencia delictiva, este estudio corrobora las ventajas de la inversión en educación.
Es verdad que Silvia Lai se equivocó: cometió un grave error y fue condenada por ser cómplice de un homicidio agravado por el vínculo conyugal. Pero, además de recluirla en una prisión, ¿se la debe privar de todos sus derechos? ¿En esta sociedad existen las segundas oportunidades? Al litigar como lo hizo, Lai demostró que merece la chance. Y si estudia y se esfuerza, llegará a graduarse de abogada como lo hizo Barreda a comienzos del siglo XX. Su proceder podría ser contagioso para el resto de los presos y, al mismo tiempo, esperanzador para una sociedad conmocionada por la crueldad de la delincuencia. (EFMIII)
El fallo completo está disponible aquí.
Silvia Lai era maestra. En 2011 fue condenada como coautora del crimen de su esposo, el agricultor Eduardo José Salas, quien había sido encontrado tirado en la cama y con varios golpes en la cabeza en julio del 2007. El otro supuesto responsable del homicidio era Luis Rafael Piccinetti, el posible amante de Lai, quien aún está prófugo.
Mientras estaba en la cárcel, Lai empezó a estudiar Abogacía en la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la Universidad Nacional de Tucumán. Había aprobado más de la mitad de las materias (25), cuando dejaron de concederle los permisos para rendir. Frente a esta situación, acudió a la CSJT. Cansada de la burocracia, formalizó tres presentaciones en las que solicitaba audiencias y denunciaba las demoras injustificadas del juzgado. La realidad es que, en el mismo momento en el que asumió el nuevo juez de Ejecución Penal, se acabaron las autorizaciones para estudiar. Pasaron dos meses de espera y, ante la falta de respuesta, Lai inició una huelga de hambre que duró quince días.
Antídoto contra la criminalidad
El alto tribunal resolvió que indudablemente la presa tenía razón. Esta jurisprudencia lleva a pensar dos cuestiones: el derecho de los privados de la libertad a reinsertarse en la sociedad y qué pasaría si toda la población carcelaria quisiera asistir a clases simplemente como una excusa para salir del encierro o, quizás, hasta para organizar fugas. La Corte de Tucumán consideró que el Estado no puede censurar el derecho a la formación: sólo le corresponde extremar las medidas para que todos los presos puedan estudiar sin que ello implique una amenaza para la comunidad. Una lectura armónica de la sentencia lleva a concluir que los permisos deben concederse con los debidos recaudos, y que será la reclusa Lai quien deberá demostrar su intención real de perfeccionarse con su progreso académico y su buena conducta. En este sentido, del informe de la Facultad de Derecho surge que durante el período 2014-2016 Lai aprobó 18 materias, mientras que en 2017 solo pudo rendir y aprobar una asignatura.
Los jueces de la Corte dijeron que el planteo de la interna exponía una directa afectación al acceso a la enseñanza atribuible a las conductas obstructivas y dilatorias del juez Guyot. “El comportamiento aludido trajo como resultado una considerable disminución en el rendimiento académico de Lai, que le imposibilitó cursar la totalidad de las materias que había solicitado para el primer cuatrimestre de 2017", manifestó el vocal preopinante Estofán. Y añadió que esa situación proseguía en este segundo cuatrimestre: "comenzó hace ya casi un mes y la interna todavía no ha concurrido a clases como lo realizó sin dificultad alguna hasta que la ejecución de la sentencia comenzó a ser manejada por el juez de Ejecución Penal”.
Las cárceles argentinas y las de Tucumán en particular lejos están de garantizar la reinserción establecida en la Constitución Nacional. Las penitenciarías se convirtieron en escuelas de delincuencia, donde los presos tienden a salir peor de lo que ingresaron. Frente a este panorama aterrador de crisis carcelaria, la posibilidad de estudiar luce como una gran oportunidad para dejar atrás el mundo del crimen.
Según un informe de la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires (UBA) y de la Procuración Penitenciaria de la Nación publicado en el diario Clarín en diciembre de 2015, la mayoría de los presos que estudian una carrera universitaria no vuelven a delinquir, es decir que la tasa de reincidencia en estos casos es casi tres veces más baja que la de los presos que no estudian. Sin embargo, solo el 2% de los internos en prisión acceden a la educación universitaria. Al respecto, el abogado especializado en cárceles Leandro Halperin precisó que si bien es cierto que no es función de la universidad bajar la reincidencia delictiva, este estudio corrobora las ventajas de la inversión en educación.
Es verdad que Silvia Lai se equivocó: cometió un grave error y fue condenada por ser cómplice de un homicidio agravado por el vínculo conyugal. Pero, además de recluirla en una prisión, ¿se la debe privar de todos sus derechos? ¿En esta sociedad existen las segundas oportunidades? Al litigar como lo hizo, Lai demostró que merece la chance. Y si estudia y se esfuerza, llegará a graduarse de abogada como lo hizo Barreda a comienzos del siglo XX. Su proceder podría ser contagioso para el resto de los presos y, al mismo tiempo, esperanzador para una sociedad conmocionada por la crueldad de la delincuencia. (EFMIII)
El fallo completo está disponible aquí.


¡Excelente trabajo, Ari! ¡Felicidades!
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